Trata de personas: una cruda realidad que persiste

La trata de personas es una de las peores formas de menoscabo a los derechos humanos y afecta directamente a la dignidad del ser humano. Configura un delito aberrante contra la libertad, la persona, y la integridad sexual, física y psíquica y restringe las libertades fundamentales.

Este crimen es de difícil identificación, de rentabilidad semejante al narcotráfico y al contrabando de armas, no reconoce fronteras y persiste con impunidad. A nivel mundial, en 2018 fueron 148 países los que detectaron y denunciaron alrededor de 50.000 víctimas de trata de personas. Sin embargo, esos datos son solamente la punta del iceberg, ya que -debido a la difícil detección de ese delito- el número real de víctimas es mucho mayor. Las estimaciones de la OIT indican que la explotación sexual y laboral vulnera los derechos de 24,9 millones de personas en el mundo.

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Si observamos el plano local, en la Ciudad de Buenos Aires, según el Sistema Federal de Información Criminal del Delito de Trata de Personas, en el año 2018 fueron individualizadas un total de 330 personas como posibles víctimas de trata de personas, de las cuales 256 fueron víctimas de explotación laboral y 69 fueron víctimas de explotación sexual. Fueron asistidas por el GCBA un total de 158 víctimas.

Ahora bien, debemos resaltar que las consecuencias -tanto físicas como psíquicas- sobre estas víctimas son enormes y brutales. No podemos soslayar que la mayoría de las personas víctimas de trata ya se encontraban anteriormente en una situación de vulnerabilidad crítica y que además experimentaron situaciones de abuso de poder, agresiones, uso de la fuerza, engaño, amenazas y humillaciones. Estas personas fueron cosificadas y reducidas a la servidumbre para cumplir los fines del tratante, carecen de un medio de vida propio y probablemente estén alejadas de su grupo familiar y redes afectivas.

Es por eso que resulta primordial avanzar con políticas públicas concretas que combatan de forma integral estas violaciones a los derechos humanos. El Estado debe ofrecer una respuesta rápida y eficiente a la asistencia de las víctimas de trata por medio de la oferta de todos los programas y servicios de asistencia económica, reinserción laboral, educativa o habitacional existentes, ya que la vulnerabilidad de las personas que son rescatadas de estas redes resulta evidente, y la demora en la adopción de medidas puede afectar derechos de la víctima de manera irreversible, generando así un daño irreparable.

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Si bien es cierto que la Ley Nacional 26.364 y su modificatoria Ley 26.842, prevén una asistencia económica para las personas víctimas de trata con sentencia condenatoria o decisión judicial equivalente, la misma no garantiza una asistencia económica inmediata para la víctima que le permita sostenerse de manera autónoma para no volver a ser captada en el círculo de la trata y le dé la posibilidad de cubrir su necesidad inmediata de vivienda, vestimenta, alimentación y salud, todos recursos fundamentales y esenciales que, para una persona recién rescatada o liberada de sus captores, resulta imposible afrontar.

Como respuesta a ello, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires presentó el año pasado un proyecto de ley ante la Legislatura Porteña que consiste en la creación de una prestación económica inmediata para las personas víctimas de trata en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. El mismo busca dotar de autonomía a las personas rescatadas y alejarlas de la situación de vulnerabilidad, para vivir dignamente y lograr su inserción laboral y social.

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En forma complementaria, la institución también elaboró otro proyecto que busca garantizar la asistencia mediante el acceso a programas sociales vigentes que si bien no fueron creados específicamente para abordar estas situaciones, contemplen requisitos que reconozcan las particularidades del universo de las personas víctimas. Además, se establece un cupo mínimo en el ingreso a las políticas y programas destinados a garantizar el derecho a la vivienda y a la asistencia económica. Y respecto del derecho de acceso a justicia, se establece ampliar el servicio de asesoramiento y patrocinio jurídico prestado a las víctimas de trata hasta el completo resarcimiento de la víctima.

En definitiva, lo que se busca con ambos proyectos es brindar a la persona víctima de uno de los delitos que más atenta contra la dignidad y los derechos humanos, la posibilidad de reconstruir su vida.

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 Es vital que el respeto y la protección de todos los derechos humanos ocupe un lugar central en las medidas que se adopten para la prevención y la lucha contra la trata. Entre todos, debemos reivindicar la dignidad y el derecho a la libertad de las personas, para erradicar definitivamente este flagelo que atraviesa a toda la sociedad.

* Bárbara Bonelli. Defensora del Pueblo Adjunta de CABA.

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