La nena fue abusada y la mamá dijo que mintió

El Tribunal de Impugnación, a través de los jueces Mauricio Piombi y Fernando Rivarola como integrantes de la Sala B, no hizo lugar al recurso de impugnación presentado por un camionero de 46 años y, de ese modo, le confirmó una condena a tres años de prisión en suspenso por haber tocado en las partes íntimas a su hijastra de 7 años de edad en la ciudad de General Pico.

De esta manera, el TIP le confirmó la condena que el 26 de junio pasado le dictara el juez de audiencia de General Pico, Florentino Rubio, a tres años de prisión en suspenso por ser autor del delito de abuso sexual simple agravado por ser encargado de la guarda.

La impugnación había sido presentada por la defensora oficial María José Gianinetto, quien adujo que existió una «errónea valoración de la prueba» y solicitó la absolución del imputado por el beneficio de la duda. Además, subsidiariamente, requirió que se reconsidere la imposición de la restricción de acercamiento a menos de 200 metros de la víctima y la prohibición de comunicarse con ella.

En su fallo, Rubio –que condenó al acusado a la pena mínima porque así lo pidió la fiscalía– dio por probado que el 2 de abril de 2016, abusó sexualmente de su hijastra de 7 años mediante tocamientos y que ello ocurrió en el hospital Centeno, de General Pico. En ese momento la madre de la niña, y pareja del imputado, estaba siendo atendida en la guardia. Además el magistrado descartó la pretensión de la madre de hacer aparecer a la víctima como una niña acostumbrada a mentir.

Gianinetto planteó que el juez de audiencia le dio veracidad al relato que la menor hizo en el hospital, pero agregó que quedó planteada una gran duda a partir de que –según profesionales que la atendieron– «no presentó daño psicológico, ni signos de estrés postraumático, ni secuela alguna». También manifestó que el médico que vio a la víctima dijo que el enrojecimiento vulvar que constató podía deberse a «múltiples causas y no exclusivamente a un abuso sexual».

Piombi, autor del primer voto al que adhirió Rivarola, señaló después de haber escuchado los testimonios brindados en el juicio, que Rubio «efectuó una correcta evaluación y valoración del material probatorio en su conjunto, para arribar a la conclusión de autoría y responsabilidad» que le endilgó al camionero.​