La Anmat prohibió el uso de un producto farmacéutico y varios alimenticios, entre otros, un dulce de leche

Aceite de oliva, aceitunas, ajíes en vinagre, pimientos, pickles, dulce de leche. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat ) prohibió el uso y la distribución de un producto farmacéutico y varios alimenticios a través de tres disposiciones hoy en el Boletín Oficial.

En ese sentido, se prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: Aceite de oliva, primera prensión, producto artesanal riojano, RNPA N°12-002208; Aceitunas negras en salmuera, RNPA N° 12-005441; Aceitunas negras en salmuera, RNPA N° 12-005445; Aceitunas verdes en salmuera, RNPA N° 12-005441; Ajíes en vinagre de alcohol, RNPA N° 12-005448; Pimientos enteros sin piel, RNPA N° 12-000295; Berenjenas condimentadas, RNPA N° 12-000066; Pickles mixtos en vinagre de alcohol, RNPA N° 12-000067, todos marca Mirizio, RNE N° 12-000799, elaborados por: Aimocons SACIF, Espectación de Ávila s/n Aimogasta, La Rioja.

Bajo esos argumentos, se prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del proyecto en cuyo rótulo se lee: «Dulce de leche» marca: Cabaña El Escondrijo, producto artesanal, industria argentina, elaborado y envasado por: Establecimiento el escondrijo SH, calle Córdoba 645 – Peyrano – provincia de Santa Fe, RNE: 21-112403/CG: 21-4-15/ RNPA: 21-087304″.

Por lo tanto, se prohibió el «uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional rotulados»: «‘VickVapoRub ungüento tópico por 40 g, vto 07/2021 Procter & Gamble’ y ‘VickVapoRub ungüento tópico por 50 g, lote 50472709MO, ela 01/15, ve 12/20 Procter & Gamble’ a fin de proteger a eventuales adquirientes y usuarios del medicamento involucrado y toda vez que se trata de una especialidad medicinal falsificada».