Coronavirus en Argentina: volvieron a habilitar el permiso para que los varados dentro del país vuelvan a sus casas

Aún quedan muchos argentinos varados dentro del territorio argentino que tras la implementación del aislamiento social, preventivo y obligatorio por el coronavirus, quedaron lejos de sus domicilios. Y luego de las fallas en la implementación del permiso habilitado hace algunos días, el Gobierno aprobó este viernes a través del Boletín Oficial un nuevo mecanismo para autorizar la circulación de este grupo el problema. Todo para estar en casa con hasta 35% de descuento¡Hacé clic acá! Patrocinado Babbel

La Resolución Conjunta 3/2020, firmada por los ministros de Transporte, Mario Meoni, y del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, indica que los interesados deberán viajar “por única vez”, en “vehículos particulares” y cumpliendo una serie de normas, siempre que hayan recibido la habilitación para hacerlo por parte de la provincia a la cual intentan volver.

En el documento se explica también que cada provincia, incluida la Ciudad de Buenos Aires, “abrirá y administrará un registro» de los ciudadanos residentes en cada distrito que actualmente están cumpliendo el aislamiento en otro lado y quieran volver a sus hogares.

Quienes deban regresar a sus distritos, tienen que inscribirse en el registro que les corresponda, completar una planilla con los datos personales, como nombre, apellido, DNI, patente del auto en el que circularán, punto de origen y de destino, entre otras cosas. Quienes deban ser recogidos por algún familiar deberán detallarlo en la solicitud, aportando datos de ese vehículo y esa persona.

La decisión final la tienen las autoridades de cada lugar, que podrán aprobar o desestimar las solicitudes hechas por los varados basándose en “la capacidad de ingreso diario de cada jurisdicción, en condiciones de seguridad sanitaria, comunicando la decisión a los solicitantes”. 

“A partir del día martes 5 de mayo de 2020, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires informarán diariamente la nómina de personas para cuyo desplazamiento prestan conformidad, a través de una nota suscripta por el señor Gobernador, Gobernadora o el Jefe de Gobierno-o el funcionario público delegado al efecto-, solicitando, asimismo, la emisión del ‘Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual’”, detallaron en la resolución.

El ‘Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual’ será el único permiso de circulación necesario para trasladarse desde su lugar de origen hasta su lugar de destino. Este “tendrá una vigencia de noventa y seis (96) horas computadas a partir de su emisión”.

En el momento de cruzar un retén policial para justificar la circulación, informaron desde el Gobierno que “ante el requerimiento de la autoridad competente en la vía pública, la persona deberá exhibir copia digital o impresa” del certificado y la documentación que respalde los datos incluidos en la planilla.

En caso que alguien salga sin autorización se “dará lugar a la aplicación de las sanciones civiles o administrativas que resulten pertinentes, sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública”.

Hubo un acto de autocrítica hacia el interior del gobierno al reconocer que ante «la existencia de numerosos casos de personas que no han podido regresar a su residencia habitual” fue “necesario implementar un nuevo procedimiento que permita evaluar autorizaciones excepcionales al efecto”.

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