Confirman condena a intendente

“Es un fallo histórico”, dijo el abogado Juan Andrés Pisarello, quien promueve la demanda. Porque protege “derechos personalísimos de los trabajadores sindicalizados en conflictos colectivos”. Y condena a una patronal pública, en este caso la Municipalidad de San Carlos Centro, a “retractarse públicamente por destratar a trabajadores cuando ejercían el derecho de huelga”.

El operativo de Placenzotti comenzó en marzo de 2021, cuando publicó los nombres de los huelguistas en el portal del municipio: “La patota municipal impide el derecho a trabajar y pone en riesgo la salud e higiene de la población”, era el título del panfleto. Los trabajadores le pidieron que se retractara en público, pero como no lo hizo, denunciaron la “persecución” y la “actitud discriminatoria” ante la justicia.

En la causa, Pisarello logró probar que durante la huelga, Placenzotti “llamó ‘patota sindical’ a los trabajadores que reclamaban”, difundió sus nombres en “el portal oficial” del municipio y remitió copia a los medios de la zona. “Todo eso se comprobó en el expediente”, explicó el abogado.

“Los trabajadores y trabajadoras se sintieron vulnerados por el escarnio público”. “Muchos no pudieron desarrollar otra actividad laboral porque en la ciudad y en pueblos aledaños los habían individualizados como ‘patoteros’”. Y otros, “recibieron tratamiento médico profesional por la tristeza y vergüenza” que sufrían y el “temor a más represalias”.

El 27 de mayo de 2022, el juez Candioti (Laboral 1ª) les dio la razón a los trabajadores y condenó a Placenzotti a retractarse y pedir disculpas. “Patota es un grupo que suele darse a provocaciones, desmanes y abusos en lugares públicos”. “Una calificación ofensiva y desacreditante”, explicó el magistrado.

Por lo tanto, la actitud de Placenzotti revela no sólo una “falta de cautela y prudencia” en el conflicto, sino también una “incuestionable intención de desacreditar y ofender” a sus perseguidos. La “publicación” del intendente lesionó “derechos personalísimos” de los trabajadores y les causó “un evidente perjuicio al honor y a la reputación”, más allá de que después fuera “eliminada” del portal.

Ayer, la Cámara confirmó el fallo del juez Candioti y la condena a Placenzotti. “Lo primero que llama la atención” –señaló el tribunal en el primer voto de la jueza Julia Collado- es que el intendente diga que “su conducta era legítima”, pero al mismo tiempo “suprima la publicación” de “La patota”, que originó la demanda.

“El eje del debate es el contenido de la publicación. Lo que se debe dilucidar es si las expresiones vertidas en el artículo ‘La patota municipal…’ afectan los derechos de los reclamantes”, se planteó la Cámara. Y su respuesta fue sí. Citó la misma definición de la Real Academia Española –que utilizó Candioti- que asocia «patota» a la violencia de “provocaciones, desmanes y abusos en lugares públicos”.

“Claramente, esa sola palabra: patota ya es ofensiva”, más en un “un contexto de mediatización” en una ciudad como San Carlos Centro, tal como lo pondera el juez de primera instancia”, agregó la Cámara.

“Ningún calificativo valida el proceder” de Placenzotti de calificar de “patota municipal” a los trabajadores en huelga, con el agravante de que publicó sus nombres en el portal del municipio, “lo que lógicamente presupone un impacto para cualquier lector con las connotaciones que eso tiene”. En el caso, “no estamos ante una interpretación subjetiva” del juez Candioti, sino “frente a un accionar ofensivo y desacreditante” del intendente de la UCR.

Por lo tanto, la Cámara confirmó la condena a Placenzotti y le impuso el pago de las costas al “vencido”, que es el intendente. La sentencia salió con los votos de la jueza Collado y de su colega José María Pfeiffer y la abstención del tercer vocal de la Sala I, Marcelo Giuliani.

Pisarello dijo que esperaba que Placenzotti “acepte la sentencia y asuma su accionar contrario a derecho”. Pero si apela, ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia “seguirá defendiendo a los trabajadores de esta injusticia que han vivido por ejercer el constitucional derecho a huelga”.

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