Absolvieron al sommelier que había sido condenado a perpetua por matar a su madre

Lo decidió la Cámara de Casación. Consideró que en el juicio oral no tuvieron en cuenta las hipótesis planteadas por la defensa de Luciano Sosto. Fue liberado esta madrugada

“Pongo las manos en el fuego por Luciano y puedo asegurar que él es absolutamente inocente. Lo hago como padre y como ciudadano, porque estoy convencido de ello”. El mensaje fue enviado el año pasado a los jueces de la Sala I de Casación en lo Criminal y Correccional por Carlos Sosto, padre del sommelier condenado a perpetua por el asesinato de su madre. Ayer, esas palabras tomaron otro valor: los jueces de segunda instancia decidieron anular la sentencia y absolver al único imputado que tuvo la investigación.

El fallo, firmado por los jueces Luis García, María Laura Garrigós de Rébori y Horacio Días, hizo lugar a la apelación presentada por la defensa de Luciano Sosto.

El primer magistrado fue el encargado de argumentar la decisión y, aunque los tres estuvieron de acuerdo en las fundamentaciones, hubo diferencias sobre el futuro de la causa. Finalmente, por dos votos a uno, se determinó que no se realice un nuevo juicio y que Sosto recupere inmediatamente su libertad. Hoy, minutos pasadas las cuatro de la madrugada, Sosto fue liberado y se retiró de la Superintendencia de Investigaciones Federales acompañado por algunos de sus familiares.

Estela Garcilazo (69) fue asesinada el 26 de diciembre de 2013, en el departamento 4° B de Seguí 4444, en el barrio porteño de Palermo. Dos años después, los jueces Alejandro Sañudo, Ricardo Basílico y Fernando Larrain establecieron que su hijo bajó desde el 5º B de ese mismo edificio, discutió con ella y la estranguló porque -según sostuvo la fiscalía- necesitaba dinero para comprar cocaína y contratar taxi boys.

En esa misma línea, aseguraron que para ocultar el homicidio llamó a la emergencia médica, simuló que su mamá estaba viva y dijo que la había encontrado tirada. Además, consideraron que era la única persona que podía ingresar al lugar con el consentimiento de la víctima, algo clave ya que no había puertas violentadas.

El caso tuvo una gran repercusión mediática por los perfiles de sus protagonistas. Hijo de un reconocido empresario gastronómico y dueño de Guido’s Bar (en Palermo), Sosto (39) había sido propietario desde 2000 hasta 2009 del restó Lucky Luciano, de Cerviño 3943, que luego pasara a manos de su padre y se convirtiera en Guido restaurante.

Su prometedora carrera como sommelier se interrumpió pocos días después del crimen de su mamá, cuando pasó a estar preso en el penal de Marcos Paz. Sin embargo, su papá nunca dejó de creer en su inocencia y motorizó la apelación ante la Cámara.

A lo largo del fallo publicado ayer, García repasó los argumentos de los miembros del tribunal oral que condenó al sommelier. Entre otros cuestionamientos, García afirmó que no fueron debidamente consideradas las hipótesis planteadas por los abogados del acusado, quienes hicieron hincapié en la que la víctima había sido violada antes del crimen.

Las diferencias sobre ese punto central se remontan al procesamiento de Sosto. El sommelier llegó a juicio acusado no solo del homicidio, sino también de haber abusado sexualmente de su mamá. Sin embargo, en su alegato final la fiscal Diana Goral desechó la primera acusación y el tribunal condenó a perpetua al hijo de la víctima sólo por el crimen. Esa decisión, argumentó la defensa, era contradictoria, ya que consideraban que ambos hechos no podían separarse.

En la sentencia de 2015, los jueces descartaron la existencia del abuso y aseguraron que en el líquido seminal hallado en el cuerpo de la víctima no se había detectado ADN o espermatozoides. “No estamos en condiciones de sostener que dicho ‘líquido preseminal’, si es que efectivamente se trató o no de dicha sustancia, pertenece al nombrado Sosto y tampoco a otro sujeto de sexo masculino”.

Para García, ese argumento es “defectuoso”: “(el tribunal) confundió imposibilidad de identificar al individuo del que provino el semen, por insuficiencia del material para revelar ADN, con la cuestión acerca de si el material biológico provenía de un agente masculino”.

Además, García sostiene que al momento de seleccionar las explicaciones aportadas por los especialistas, los magistrados utilizaron una “elección arbitraria y dirigida a despejar la hipótesis de que la mujer hubiese tenido una relación carnal reciente”.

El miembro de la Sala I de Casación también cuestionó que no se haya profundizado la hipótesis de que la mujer pueda haber salido de su departamento y luego regresado con el autor del crimen, bajo amenaza. Esa teoría se basa en la presencia de “mugre” observada por la médica legista en los pies de la víctima. “Esa omisión de consideración de un argumento vinculado a la teoría del caso de la defensa es arbitraria y afecta la validez de la sentencia”, remató el juez García, quien se pronunció a favor de la realización de un nuevo juicio. Sin embargo, los otros dos magistrados no acompañaron esa decisión.